Cuando el cemento habla, parte II

Ubicar un momento histórico en que las principales ciudades de El Salvador empezaron a abrirse a nuevos migrantes, de forma no planificada, no es una tarea fácil. Para el caso de San Salvador, no puede determinarse puntualmente una fecha de cambio en la tendencia de expansión hacia el campo, hacia la campiña y cuándo es que los rostros de los hijos e hijas de este pulgarcito territorial vuelven su mirada hacia la urbe, buscando en sus calles: un refugio, un antídoto a la frustración, un espacio para olvidar, un lecho en el que soñar o simplemente un porqué volver a empezar.

Al analizarse la tendencia poblacional de San Salvador  de los siguientes años (1807, 32, 386 habitantes; 1878, 48,235 habitantes; 1887, 62,987 habitantes; 1930, 191, 320 habitantes) resulta obvia la desproporcionalidad de crecimiento, ya que en un lapso de 70 años entre (1807 a 1878), la población crece en 15, 849 personas; mientras que 50 años (de 1878 a 1930), la población crece en 143,085 personas. Obsérvese además que, es precisamente durante esa fracción de tiempo entre 1878 y 1887 que la cifra de nuevos pobladores se dispara: 14,752 nuevas personas en escasos 9 años.

Una de las explicaciones más lógicas, al anterior fenómeno, es el hecho de que, en 1882 se abolió el sistema ejidal de tenencia de la tierra, que si bien es cierto propició los latifundios sobre los cuales se formaron los grandes capitales cafeteros, también sentó las bases para un creciente minifundismo que prevaleció hasta mediados del siglo XX, este legado transformó a campesinos, indígenas o agricultores que en su momento habían sido autosuficientes, en una mayoría que juntamente con su descendencia se convirtió en trabajadores migrantes.

Para 1903 el Barrio Concepción y Barrio El Calvario reportaban no solo grandes casas de habitación, sino mesones grandes y pequeños, donde compartían su vida grupos de obreros, artesanos, pequeños comerciantes y “población rural recién emigrada”.

El crecimiento urbano y la necesidad de suelo habitacional generó oportunidades de negocio para los primeros urbanistas capitalinos. La compañía de Sola inició en 1928 la urbanización de terrenos en las proximidades del Barrio El Calvario, luego en 1931 urbaniza la Finca La Rábida; entre 1932 y 1935 construyó la urbanización Flor Blanca, proyectos que fueron destinados a los sectores medios emergentes (Calvario y Rábida) y sectores de altos ingresos (Flor Blanca). Nótese que la respuesta urbanística fue dirigida a sectores que podían pagar cierta distribución de espacios y ubicación en la ciudad,  quienes buscaban alejarse  del centro y de los barrios que a ese momento ya se consideraban populares.

No es desconocido que, la ley como tal, es un instrumento de políticas públicas, es una herramienta que plasma de forma explícita y permanente la intencionalidad u orientación de quien ostenta el poder de hacer o no hacer en una determinada línea de acción, por lo que, no ejecutar una línea de acción ante una necesidad específica de nación, no es carecer de una política definida; el no hacer  forma parte de la política.

Surgen entonces las preguntas ¿cómo fue visualizado, por parte de los gobernantes, este problema en crecimiento de, pobladores que demandaban suelo y servicios de ciudad?, ¿cuánto tiempo duró el reconocimiento jurídico-político del problema que enfrentaban numerosas familias que vivían en hacinamiento e insalubridad?, y finalmente ¿cuáles fueron las decisiones políticas que se tomaron encaminadas a solventar estos problemas?

Al hacer un análisis  de las constituciones que ha tenido El Salvador, puede observarse que es hasta la del 20 de Enero de 1939 que se reconoce la vinculación del Bien de Familia y la expresión de que esta es la base fundamental de la nación, por lo que debe ser protegida por el Estado. No obstante ha de pasar todavía algún tiempo para que se reconozca que la vivienda es un derecho de todo ser humano. En la Constitución Política de 1950- Consejo de Gobierno Revolucionario del 7 de Septiembre de 1950, El Salvador eleva a la categoría de derechos fundamentales, en el titulo sobre el Régimen Económico, las siguientes instituciones:

  • La justicia social (Art. 135).
  • El interés social y la función social de la propiedad privada (Art. 136 y 137).
  • Declaratoria de interés social en la construcción de viviendas, a fin de que las familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda.( Art. 148 y añade en el Art. 180), dentro del Régimen de Derechos Sociales- LA FAMILIA, el deber del Estado de proteger la salud física, mental y moral de los menores.

Gracias a este nuevo marco habilitador de la Constitución de 1950, se creó el Instituto de Vivienda Urbana, cuyo principal fin era: “…dar cumplimiento a los artículos de la Constitución de la República de ese mismo año, que declaran de interés social la construcción de viviendas y establecen la obligación del Estado de Procurar que lleguen a ser propietarios de sus respectivos, el mayor número de familias salvadoreñas.”

En un discurso de inauguración de las obras del IVU del año de 1958, el Presidente de ese entonces, Coronel José María Lemus, hace algunas reflexiones que develan la misión política del IVU como instrumento gestor de transformaciones sociales, desde la materialización del derecho a la vivienda, y ¿Por qué no?, del derecho a la ciudad:

“…damos preferencia a la tarea de incorporación  de grandes grupos humanos a formas de vida mejor por medio del mejoramiento de la vivienda, del saneamiento y dignificación del ambiente en el cual se desenvuelven. En esta forma contribuimos a la integración moral de los salvadoreños, puesto que consolidamos la familia, damos al hogar su imprescindible sentido de dignidad… El hombre no es, como lo afirmara equivocadamente el filósofo, solamente lo que come. Es también el lugar en que vive, la descendencia y en confort con que construye su hogar, el ambiente en que sus hijos se desenvuelven y en el que la familia crece, para llenar su misión social y servirá al Patria en un grado de aptitud superior…”

Entonces vuelve la pregunta: ¿quién o qué determina ese ambiente de desenvolvimiento integrado de confort donde vive la familia y los hijos?, ¿cuáles son los criterios o factores involucrados para materializar espacialmente la dignificación del ambiente y la integración moral de quienes habitan una vivienda popular, mínima o de interés social? A estas preguntas daremos respuesta en la 3ª y última entrega sobre este tema.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *


− 1 = 2

You may use these HTML tags and attributes: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>